Espacio público y Chapultepec
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¡Felices fiestas!
20 mayo, 2015
por Roberto Remes Tello de Meneses | Twitter: goberremes
En algún momento de mi vida hice Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Normas Mexicanas (NMX). Las NOM son el mecanismo normativo de carácter técnico y obligatorio del Estado Mexicano. Las NMX son lo mismo, pero en la versión voluntaria.
Aprobar una NMX es algo relativamente sencillo: una vez poniéndose de acuerdo las partes respecto a los contenidos de las NMX, se siguen algunos procedimientos y se publica la norma.
El problema es aprobar o modificar una NOM. Aún cuando se pongan de acuerdo las partes, gobierno y sociedad, el proyecto definitivo debe cumplir con ciertos trámites legales que en esencia obligan a demostrar beneficios superiores a los costos de la regulación.
Pongo un ejemplo inexistente, un grupo de trabajo determina que la máxima contaminación emitida por un vehículo será de 5 ppm (partes por millón) de cierto contaminante. La autoridad de la regulación preguntará ¿por qué 5 y no 4 o 6 ppm? Una respuesta correcta es: porque en 5 ppm la curva de afectaciones a la salud cambia su inclinación y se elevan los impactos en la salud de las personas.
¿Qué tan dispuestos estamos a demostrar los beneficios de lo que hacemos? Estamos acostumbrados a ciertas normas de urbanización, pero ya no reparamos en sus beneficios ni en sus costos.
Mencionaré algunos ejemplos de las normas de estacionamiento previstas en los Planes Delegacionales de Desarrollo Urbano. Las citas están presentes en uno o más planes:
Cada una de estas obligaciones genera costos para el constructor e impactos para la sociedad. El regulador, al establecerlas, sólo miró un problema: el estacionamiento de vehículos. No midió, sin embargo, los impactos de su decisión en el resto de la problemática:
De 1983 a la fecha, la planeación del territorio está a cargo de los gobiernos locales y no del nacional. Una de las consecuencias de ello es que la Federación no puede emitir normas relacionadas con la planeación del territorio. En el caso del Distrito Federal, los ordenamientos equivalentes son emitidos lo mismo por la Asamblea Legislativa que por las secretarías, se trate de una regulación técnica o no. El resultado es que, al igual que los 4 ejemplos expuestos, toda la normatividad técnica está sujeta a un relativismo preocupante.
Se hace necesario entonces revisar la normatividad a la luz de sus beneficios y sus costos, y romper con la subjetividad actual. Los planes delegacionales y parciales dan una forma de ciudad y están dando una forma de ciudad que no funciona. Tendríamos que comenzar a revisar las reglas asegurando beneficios superiores a los costos, como ocurre con las Normas Oficiales Mexicanas.
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