Resultados de búsqueda para la etiqueta [Normatividad ] | Arquine Revista internacional de arquitectura y diseño Tue, 07 Nov 2023 23:08:46 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.1 Las palabras y las normas https://arquine.com/las-palabras-y-las-normas/ Tue, 07 Nov 2023 05:57:19 +0000 https://arquine.com/?p=84847 ¿Qué decimos cuando hablamos de gentrificación? La ambigüedad de este término y su uso en la legislación podrían ser el primer obstáculo para conseguir una vivienda digna para la población en general.

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Con frecuencia asumimos, cuando hablamos, que nuestros interlocutores atienden a las mismas referencias, aun cuando no estemos seguras de que sea así. Esto, de cierta manera, es natural en tanto permite que nos comuniquemos y evita titubeos a cada palabra que sea susceptible de interpretaciones. 

Esta interacción implica cierta pérdida de información o especificidad en algunos conceptos, disminución que estamos dispuestos a dejar pasar con tal de que el diálogo ocurra de manera satisfactoria, diría John L. Austin: la pérdida de complejidad da paso a lo cotidiano. Pero esto también implica una constante negociación con las palabras que usamos para representar al mundo, es decir, no sólo dejamos que se pierda la complejidad, sino que jugamos con ella. 

Y no todas las personas juegan con las mismas reglas, sino que lo hacen desde diferentes posiciones. Usar las palabras dentro del juego del lenguaje también implica juegos de poder, en especial cuando estas tienen una fuerza pública para describir la realidad. 

Si un arquitecto de renombre dice, frente a una multitud sedienta de conceptos para enmarcar sus proyectos, que la gentrificación en sí misma es positiva, el argumento tiene su atractivo, porque activa un mecanismo de defensa frente a la complejidad. Ya no es necesario argumentar contra un proyecto que alienta la gentrificación, sobre todo si se dice que esta es positiva: aquí se gentrifica. 

Y es que esta palabra, gentrificación, tiene un factor importante de conflicto, lo que ha motivado a que las críticas al concepto se manifiesten como una postura atractiva. Por un lado, están quienes afirman —entre los que me incluyo— que la gentrificación es negativa en tanto que se trata de expulsar a población de menores ingresos por una de mayor poder adquisitivo en una zona con procesos de intervención reciente, o bien, ubicada dentro de la ciudad. 

Esta postura surge de la propuesta de quien acuñó el término: Ruth Glass, socióloga británica que describió en la década de los 60 el desplazamiento de las clases trabajadoras por parte de las clases medias en los barrios obreros de Londres: 

Las casas victorianas más grandes, degradadas en un periodo anterior o reciente —que se utilizaban como casas de hospedaje u ocupadas por múltiples habitantes—, se han vuelto a revalorizar. Hoy en día, muchas de estas casas se están subdividiendo en costosos pisos o houselets (en términos de la nueva jerga snob inmobiliaria). El estatus social y el valor actuales de estas viviendas suelen estar en relación inversa con su tamaño y, en cualquier caso, enormemente inflados en comparación con los niveles anteriores de sus vecindarios. Una vez que este proceso de “gentrificación” se inicia en un barrio, avanza rápidamente hasta desplazar a todos o a la mayoría de los ocupantes originales de clase trabajadora. (Glass, 1964, xviii). 

La claridad de Glass resurgió, y con fuerza, en los procesos de intensificación de la ciudad neoliberal pues explica, en cierta medida, las intervenciones urbanas en enclaves habitados por clases medias y bajas, lo que ha provocado (muy posiblemente de manera premeditada), el encarecimiento del suelo y el fomento de la expulsión de los habitantes originales. 

Por otro lado, están quienes argumentan que se trata de un proceso natural en el desarrollo de las ciudades. Básicamente que casi todo proceso de urbanización conlleva un desplazamientos. Esta postura argumenta, también, que existe una diversidad en los procesos de expulsión y que no todos pueden clasificarse como negativos: 

Es distinto que la expulsión sea efecto de la desocupación y remodelación de antiguas viviendas que ahora se entregan a personas de condición social superior, que cuando es efecto de la presión de los precios en alza de los inmuebles. (Sabatini, Sarella y Vázquez, p. 24).

El argumento también se sostiene en la dificultad para medir e interpretar la gentrificación como fenómeno en las zonas donde sucede. ¿Cómo medir los procesos de desplazamiento si no es en el momento en el que se llevan a cabo?, ¿cómo interpretar los cambios en los perfiles sociodemográficos ascendentes?, ¿este movimiento es resultado de desplazamientos o de la mejora en las condiciones de los residentes originales?

Este debate, con varios años ya —al menos en la literatura latinoamericana—, ha sido prolífico en términos de producción académica, pero poco eficiente para el debate público. Mientras la disputa por la apropiación del concepto continúa, el desarrollo inmobiliario e incluso las autoridades reproducen la palabra con la misma ambigüedad de trasfondo que permite el juego del lenguaje.

¿Cómo hacer leyes o normas que tomen en cuenta el fenómeno de la gentrificación? ¿Qué es lo que estaría en juego? ¿Qué se prohibe, qué se regula, qué se impone? Si esta ambigüedad continúa, sobre todo en el plano normativo, estamos condenadas a reproducirla y permitir que en el juego de las palabras gane el que tenga más poder para imponer la definición que mejor se adecue a sus necesidades e intereses. Quizá si buscamos otras definiciones con menos espacio a la interpretación encontremos mejores formas de representar la realidad y, en la medida de lo posible, cambiarla. 

 

Referencias:

  • Glass, Ruth (1964). London: Aspects of change. London: Centre for Urban Studies- Mac Gibbon & Kee. 
  • Sabatini, Francisco; María Sarella y Héctor Vázquez (2009). Gentrificación sin expulsión, o la ciudad latinoamericana en una encrucijada histórica en Revista 180, no. 24, Universidad Diego Portales, Chile. 

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Cuestión de normas https://arquine.com/cuestion-de-normas/ Wed, 20 May 2015 15:35:17 +0000 https://des.dupla.mx/arquine/migrated/cuestion-de-normas/ Se hace necesario revisar la normatividad a la luz de sus beneficios y sus costos y romper con la subjetividad actual. Los planes delegacionales y parciales dan una forma de ciudad y están dando una forma de ciudad que no funciona.

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En algún momento de mi vida hice Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Normas Mexicanas (NMX). Las NOM son el mecanismo normativo de carácter técnico y obligatorio del Estado Mexicano. Las NMX son lo mismo, pero en la versión voluntaria.

Aprobar una NMX es algo relativamente sencillo: una vez poniéndose de acuerdo las partes respecto a los contenidos de las NMX, se siguen algunos procedimientos y se publica la norma.

El problema es aprobar o modificar una NOM. Aún cuando se pongan de acuerdo las partes, gobierno y sociedad, el proyecto definitivo debe cumplir con ciertos trámites legales que en esencia obligan a demostrar beneficios superiores a los costos de la regulación.

Pongo un ejemplo inexistente, un grupo de trabajo determina que la máxima contaminación emitida por un vehículo será de 5 ppm (partes por millón) de cierto contaminante. La autoridad de la regulación preguntará ¿por qué 5 y no 4 o 6 ppm? Una respuesta correcta es: porque en 5 ppm la curva de afectaciones a la salud cambia su inclinación y se elevan los impactos en la salud de las personas.

¿Qué tan dispuestos estamos a demostrar los beneficios de lo que hacemos? Estamos acostumbrados a ciertas normas de urbanización, pero ya no reparamos en sus beneficios ni en sus costos.

Mencionaré algunos ejemplos de las normas de estacionamiento previstas en los Planes Delegacionales de Desarrollo Urbano. Las citas están presentes en uno o más planes:

  1. “Se aumentarán los espacios de estacionamiento, tanto al interior de los predios como en edificios destinados para tal fin, en las vialidades con mayores problemas de estacionamiento en vía pública y con los mayores flujos vehiculares.” Álvaro Obregón.
  2. “En el caso de que por razones de procedimiento constructivo se opte por construir el estacionamiento conforme a la Norma de Ordenación General número 1, es decir, medio nivel por abajo del nivel de banqueta, el número de niveles permitidos se contará a partir del nivel resultante arriba del nivel medio de banqueta. Este último podrá tener una altura máxima de 1.80 m sobre el nivel medio de banqueta.” Plan Delegacional de Desarrollo Urbano – Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Miguel Hidalgo, Tlalpan, etc.
  3. “Los niveles para estacionamiento por encima del nivel de banqueta no cuantifican para el potencial constructivo, acatando lo dispuesto en la Norma de Ordenación Particular para incentivar los Estacionamientos Públicos y/o Privados, de este Programa Delegacional de Desarrollo Urbano.” Álvaro Obregón, Tlalpan, etc.
  4. “Adicional a lo establecido en los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano y para mejorar la capacidad instalada de los usos existentes, se permite el establecimiento de estacionamientos públicos y privados en cualquier zonificación, excepto en Área Verde (AV), Espacios Abiertos (EA) y en las correspondientes a Suelo de Conservación.” Tlalpan, Azcapotzalco, etc.

Cada una de estas obligaciones genera costos para el constructor e impactos para la sociedad. El regulador, al establecerlas, sólo miró un problema: el estacionamiento de vehículos. No midió, sin embargo, los impactos de su decisión en el resto de la problemática:

  1. Más oferta de estacionamiento significa más autos circulando en las calles.
  2. Construir a medio nivel inhibe el comercio en planta baja y detona la inseguridad.
  3. La no afectación del potencial constructivo por los niveles de estacionamiento pareciera que no afecta el potencial efectivo de la zona, pero detona lo opuesto: inhibe el potencial efectivo porque eleva la saturación de las calles.
  4. Incentivar la construcción de estacionamientos en cualquier predio inhibe la productividad de la tierra urbana; resulta que es mejor tener lotes de estacionamiento pagando un sólo nivel de predial, que recaudar impuestos por todo el potencial del predio.

De 1983 a la fecha, la planeación del territorio está a cargo de los gobiernos locales y no del nacional. Una de las consecuencias de ello es que la Federación no puede emitir normas relacionadas con la planeación del territorio. En el caso del Distrito Federal, los ordenamientos equivalentes son emitidos lo mismo por la Asamblea Legislativa que por las secretarías, se trate de una regulación técnica o no. El resultado es que, al igual que los 4 ejemplos expuestos, toda la normatividad técnica está sujeta a un relativismo preocupante.

Se hace necesario entonces revisar la normatividad a la luz de sus beneficios y sus costos, y romper con la subjetividad actual. Los planes delegacionales y parciales dan una forma de ciudad y están dando una forma de ciudad que no funciona. Tendríamos que comenzar a revisar las reglas asegurando beneficios superiores a los costos, como ocurre con las Normas Oficiales Mexicanas.

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