Resultados de búsqueda para la etiqueta [Derecho a la vivienda ] | Arquine Revista internacional de arquitectura y diseño Mon, 12 Aug 2024 23:43:01 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.1 La vivienda que podría ser: reflexiones en torno a la iniciativa de reforma al Infonavit https://arquine.com/la-vivienda-que-podria-ser-reflexiones-entorno-a-la-iniciativa-de-reforma-al-infonavit/ Fri, 12 Jul 2024 16:39:04 +0000 https://arquine.com/?p=91626 La vivienda es un asunto político. Contrario a lo que algunas voces han tratado de sostener, no se reduce a aspectos meramente técnicos sobre arquitectura e ingeniería. Hablar de la vivienda nos obliga a situar este tema en un contexto social, geográfico, histórico, económico y demográfico, así como determinar prioridades y valores respecto a las […]

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La vivienda es un asunto político. Contrario a lo que algunas voces han tratado de sostener, no se reduce a aspectos meramente técnicos sobre arquitectura e ingeniería. Hablar de la vivienda nos obliga a situar este tema en un contexto social, geográfico, histórico, económico y demográfico, así como determinar prioridades y valores respecto a las relaciones de poder entre los distintos actores que intervienen en ella. Es decir: la vivienda es, de manera irremediable, un asunto político. Lo que vemos, lo que tenemos, lo disponible, es producto de una serie de decisiones adoptadas por ciertos sectores con el poder para tomarlas. Pensemos, por ejemplo, en un plan de desarrollo urbano. Como toda norma jurídica, implica hacer un diagnóstico y definir a dónde tendríamos que ir. Con esto no quiero decir que no haya parámetros, técnicas y métodos más o menos consensuados que guían la actividad de los urbanistas y arquitectos. Pero la política, sin duda alguna, es un factor de peso.

Eso quiere decir que la vivienda también es un campo de discusión sobre lo que nuestra realidad es, lo que debería ser y lo que podría llegar a ser de elegir un camino o el otro. En algún momento dado, se adoptan ciertos modelos que con el paso del tiempo se convierten en paradigmas. Pero, en determinadas coyunturas, esos paradigmas son cuestionados no sólo por el sector especializado que constantemente habla entre sí, sino por la población en general. Es ahí cuando ocurre la posibilidad de replantear lo que todo este tiempo parecía obvio.

El pasado 4 de julio se celebró en el Centro Cultural Los Pinos el foro “Vivienda justa y prosperidad compartida”, organizado por El País, el Espacio Cultural Infonavit y la consultora Urban Front, fundada por David Harvey, quien además fue uno de los participantes. Fuimos cerca de 25 ponentes de México, Ecuador, Brasil, Uruguay, Estados Unidos y España que, a lo largo de la jornada, compartimos distintos puntos de vista sobre lo que la vivienda en México es hoy en día y lo que podría ser. Algunos proveníamos del activismo y la academia; otros, de organizaciones de base, el sector privado o instituciones de gobierno. Como suele ocurrir en estos espacios, una cosa es lo que dije y otra cosa es lo que quisiera comentar hoy, después de escuchar tantas intervenciones valiosas, más allá de los puntos de coincidencia y diferimiento que evidentemente podría haber.

Un tema indispensable en los últimos meses —y que, por supuesto, fue retomado en el foro— es el de la iniciativa de reforma constitucional presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 5 de febrero de 2024. En términos generales, se propone darle al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) la facultad de ofrecer vivienda de arrendamiento público (inmuebles propiedad de dicha institución) para las personas trabajadoras que, por el momento, no estén en posibilidades de adquirir una vivienda en propiedad. Pasados diez años bajo este esquema, la persona podría optar por comprarle al Infonavit la vivienda, descontando parte del monto total de lo que ya haya pagado en las mensualidades anteriores.

Por sencilla que parezca, esta iniciativa ha producido mucha polémica. Obviando aquella que proviene de noticias falsas y bulos de redes sociales, existen algunas que me parecen de interés. Por un lado, está aquella que sostiene que el Infonavit no debería ofrecer vivienda de arrendamiento porque su función es garantizar que los trabajadores puedan comprar una vivienda. Si bien esta postura es entendible, también es un hecho que hoy en día muchos trabajadores no pueden adquirir una vivienda en compra, ya sea porque no tienen los puntos Infonavit suficientes, o porque los precios cada vez son más inaccesibles. La realidad es que hay gente afiliada al Infonavit cuya única opción es rentar una vivienda.

Justamente fue David Madden, durante su intervención en el foro, quien expuso la importancia de la política de vivienda de arrendamiento y la necesidad de cuestionar la idea de que una persona tiene que adquirir una vivienda en propiedad para vivir con seguridad en sus proyectos de vida. Además, señaló el papel de la vivienda de arrendamiento pública en contraposición con la vivienda de arrendamiento en el mercado privado. Aunque por supuesto no hizo mención a la iniciativa de reforma al Infonavit, para muchas personas presentes fue difícil no pensar en cómo sus planteamientos resuenan en esta discusión —más allá de las claras diferencias de contexto entre los países europeos, donde tuvieron lugar las experiencias que presentó a manera de ejemplo, y un país latinoamericano como México.

Por otro lado, está la crítica que sostiene que una política de arrendamiento por parte del Infonavit no debería tener la opción de comprar propiedades, ya que esto implicaría que la vivienda de arrendamiento producida por el Estado pasaría al sector privada con el transcurso del tiempo. Esta crítica me parece de sumo interés y debería ocupar un lugar central a la hora de discutir esta iniciativa de reforma. A partir de ella, comparto algunas reflexiones que van más allá del Infonavit.

En el imaginario popular, el Infonavit es el instituto de vivienda en México. Sin embargo, esto es un error. Si bien es una autoridad encargada de garantizar el derecho a la vivienda, en realidad es una institución financiera pública creada para apoyar a los trabajadores en su propósito de adquirir una vivienda en propiedad. Y no a cualquier trabajador, sino a aquel que se encuentra en la economía formal. Además, parte de su financiamiento proviene de aportaciones de las personas trabajadoras. Esto le da al Infonavit una condición muy sui generis que limita demasiado sus alcances, además de que tiene un diseño que, de origen, no es el idóneo para cubrir todas las omisiones y ausencias pendientes en política de vivienda.

¿Podría reformarse el Infonavit para que sea capaz de abarcar más funciones? Sí, pero creo que actuar así sería empezar por el camino equivocado. Recordemos que en México contamos con la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), encargada de proveer precisamente el derecho a la vivienda con un enfoque más abierto, aunque con una atención sumamente limitada por parte del gobierno y la población. Además, cada estado del país cuenta con su propio instituto de vivienda. Por si esto fuera poco, los trabajadores del estado —federales y locales—, las fuerzas armadas y algunas universidades autónomas tienen sus propios sistemas de financiamiento de vivienda. Ni hablar de que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) cuenta con muchas facultades y obligaciones en materia de vivienda. Y ahí la dejamos, para no hablar de cómo los ayuntamientos, alcaldías e institutos municipales de planeación tienen también su propia injerencia en el tema. En resumen: tenemos toda una fauna de instituciones que ejecutan el Plan Nacional de Vivienda, muchas veces sin coordinación; y, otras, mediante coordinaciones esporádicas y contingentes.

Si la apuesta es reformar estructuralmente el Infonavit, mi respuesta es que hay que ir más allá. Creo que habría que considerar la posibilidad de unir Infonavit, Conavi y FOVISSSTE (Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) en un verdadero Instituto Nacional de Vivienda que permita acciones mucho más coordinadas, e incluso proyectos que atiendan a los distintos perfiles que cada institución atiende por separado en la actualidad. En caso de que esto sea demasiado pedir a la voluntad política y a los tiempos legislativos, creo que, cuando menos, se debería fortalecer la Conavi para que dirija una política de vivienda de arrendamiento capaz de atender a gente no afiliada a Infonavit o FOVISSSTE, sin opción a compra, garantizando un stock permanente de vivienda de arrendamiento público, tal como existe en otros países, incluso en casos latinoamericanos.

Comparto estas reflexiones aquí no para poner un punto final a esta discusión, sino para proponer un diálogo más amplio sobre este tema. En problemáticas tan complejas nada de lo que propongamos será por sí mismo una panacea. Pero el conjunto de distintas propuestas que se articulen y complementen a partir de esas propuestas pueden ser la llave para lograr cambios sustanciales. Siempre y cuando no desestimemos la posibilidad de cuestionarnos que lo existente no es inamovible y que siempre puede ser cuestionado, incluso en sus raíces.

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El derecho, como las ciudades: ladrillo a ladrillo https://arquine.com/el-derecho-como-las-ciudades-ladrillo-a-ladrillo/ Fri, 14 Jun 2024 14:44:27 +0000 https://arquine.com/?p=90975 A primera vista no es tan obvio, pero el derecho, el urbanismo y la arquitectura van de la mano en la construcción y jurisdicción de los espacios que habitamos. En este espacio de opinión, se propone un encuentro de tres disciplinas fundamentales para entender y habitar las ciudades que queremos en el futuro.

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A primera vista no lo parece, pero las personas dedicadas al derecho, el urbanismo y la arquitectura tenemos más en común de lo que pensamos. Tenemos una gran injerencia en la determinación de los espacios. Ya sea determinando normas o estructuras físicas, o qué está permitido y qué no. O mediante la creación de acciones intencionadas, como determinar el Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS), o la modificación de una avenida para hacerla semipeatonal. También podemos incidir con acciones inconscientes o producto del descuido: como la falta de una norma que prohíba la discriminación en la compra o renta de vivienda, o en la construcción de calles con aceras en las que apenas puede transitar una persona, menos aún si se tiene una discapacidad.

Bajo esta premisa, podemos entender el derecho urbanístico como un punto de inflexión para nuestras tres profesiones. Las discusiones que se dan en el ámbito del urbanismo y la arquitectura —sobre todo aquellas en ciertos espacios con un mayor peso simbólico y económico— terminan por reflejarse en las normas. Pero, de la misma manera, las decisiones jurídicas terminan afectando el desempeño de la producción de vivienda o la planificación urbana. Uno de los problemas que enfrentamos hoy en nuestras ciudades es que seguimos pensando que arquitectura, urbanismo y derecho son tres mundos separados que no sólo no suelen interactuar —aunque realmente lo hacen de manera constante—, sino que inclusive pareciera mejor no mezclar.

En este espacio que inicio en Arquine busco proponer un puente de diálogo entre el derecho, que es mi área formativa, y el mundo de los arquitectos y urbanistas. Haré el esfuerzo por explicar fuera del lenguaje abogadil algunos temas del derecho que son de gran importancia para arquitectos y urbanistas, con la esperanza de que esto pueda ser un pequeño aporte a una interacción interdisciplinario más latente.

El urbanismo de los tribunales

Los tribunales —sobre todo la Suprema Corte de Justicia en México y otras cortes constitucionales de América Latina— interpretan el derecho. Es imposible que la Constitución, las leyes, los reglamentos, las normas oficiales e incluso los Planes de Desarrollo Urbano tengan la suficiente especificidad como para prevenir cualquier caso o controversia que pueda darse en el día a día. El deseo de redactar un texto legal capaz de abarcar todas y cada una de las situaciones que pudieran darse sería como tratar de hacer un mapa tan específico que termine por representar el mundo a escala real, con cada objeto, equipamiento e incluso personas en las mismas posiciones en las que se encuentran en la vida real.

Es común que nos enseñen que el papel de los jueces y juezas sea el de “ser neutrales”. Se piensa que estas autoridades se limitan únicamente a “aplicar la ley”, como si su criterio fuera un sello que se imprime sobre una superficie, sin importar cuál sea. La realidad es que el derecho debe interpretarse. Y eso involucra a las normas jurídicas que impactan en el urbanismo y la arquitectura, que muchas veces se interpretan sin escuchar las opiniones de personas dedicadas a estas disciplinas. Como podemos imaginarnos, el resultado de esta realidad puede, a veces, salir bien, a pesar de todo. Pero, en muchas ocasiones, puede que no.

¿Qué tanto son capaces los tribunales de intervenir en la planeación urbana?

 

El derecho a la propiedad vs. el derecho a la ciudad

Una vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo que resolver un caso relacionado con los conflictos entre el derecho a la propiedad y lo que podríamos llamar el “derecho al paisaje urbano”. [1] En noviembre de 2015, el Colegio Tecnológico de México, A. C. fue multado por autoridades administrativas de la Ciudad de México por haber colocado dos anuncios adosados a un inmueble ubicado en Calzada Ignacio Zaragoza (Iztapalapa). Asimismo, se le ordenó a esta organización el retiro de dichos anuncios.

El Colegio inició un juicio administrativo en contra de la sanción, el cual se extendió hasta 2017, cuando llegó a la SCJN. Entre otras cosas, el Colegio había planteado que la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal era inconstitucional, porque violaba el derecho a la libertad de expresión y al derecho a la propiedad. Esto es importante porque en México puede existir una norma, pero si es declarada como inconstitucional en un juicio de amparo, esa norma dejar de ser aplicable para la persona que la demandó. En este caso, el Colegio sostenía que los artículos de esa Ley, que imponían permisos para poder colocar anuncios, violaban sus derechos al ser excesivos. ¿Tenían razón?

Esta es una problemática constante y común en nuestras ciudades. La tensión entre lo público y lo privado pareciera resolverse siempre a favor del ejercicio de la propiedad. “Si es mi inmueble, ¿por qué no puedo hacer con él lo que yo quiera?” Esta lógica puede sonar bastante contundente. Sin embargo, el mundo de la arquitectura y el urbanismo es también el de las excepciones a esa máxima. Contrario a lo que pueda suponerse, es bastante común que el uso y ejercicio de la propiedad privada encuentren límites conforme al contexto urbano —o rural— en el cual se encuentran: desde giros comerciales incompatibles por su cercanía a escuelas y hospitales, hasta límites de altura y ocupación de terreno; o desde usos de suelo previstos en la zonificación secundaria, hasta normas de salubridad para comercios.

¿Qué fue lo que resolvió la SCJN? En la sentencia, los cinco ministros de la Primera Sala recordaron que, en otros casos, ya habían señalado que el derecho a la propiedad no es absoluto y que puede ser limitado “siempre que medien razones de utilidad pública o de interés social, una justa indemnización y limitarse a casos y formas establecidas en la ley.” También recordaron cómo, anteriormente, ya habían concluido que, en el marco de la Constitución mexicana —en particular el artículo 27, que es fundamental para entender la propiedad en nuestro país—, este derecho “no está configurado desde una perspectiva meramente individualista, sino que tiene una función social”.

Con base en esos precedentes, la SCJN concluyó que la obligación de solicitar un permiso para colocar anuncios en tu inmueble sí era una limitación a la libertad de expresión y al derecho a la propiedad. Sin embargo, consideró que era un impedimento permitido por la Constitución, ya que buscaba garantizar que se protegiera el “derecho a un medio ambiente sano a través del mejoramiento del paisaje urbano de la Ciudad de México”. Esta afirmación no es cosa menor: la SCJN estaba interpretando el artículo 4 constitucional —el cual reconoce el derecho al medio ambiente sano— en un contexto urbano, y concibe que el “mejoramiento del paisaje urbano” forma parte de ese derecho y, en consecuencia, es un parámetro para medir si una ley, reglamento o Programa de Desarrollo Urbano (PDU) es compatible con la constitución —y, por lo tanto, si alguien puede demandar o no una norma en un juicio de amparo.

La SCJN justificó esta conclusión señalando que el Poder Legislativo de la Ciudad de México, al hacer la Ley de Publicidad Exterior,

trató de implementar una regulación a la publicidad exterior como una forma de armonizar la imagen urbana y el medio ambiente, ya que la proliferación descontrolada de anuncios publicitarios comenzó a representar un riesgo para la seguridad y la calidad de vida de la población. […] [L]a medida es proporcional en sentido estricto, pues en momento alguno se restringe totalmente la posibilidad de una persona de instalar un medio físico por el que quiera transmitir un mensaje publicitario, sino que tal actividad podrá ser realizada cuando se cumplan los requisitos administrativos previstos para tal efecto.

Además, la SCJN advirtió que la Ley no violaba el derecho a la libertad de expresión, ni el derecho a la propiedad, porque no se estaba limitando “cualquier mensaje”, sino únicamente aquellos con fines propagandísticos, institucionales o electorales, por lo que la limitación a esos derechos no era desmedida.

Por último, la sentencia decidió no amparar al Colegio, razón por la cual tuvo que pagar la multa y retirar la publicidad hasta no conseguir los permisos exigidos.

El derecho al paisaje urbano: ¿qué tanto es tantito?

Esta sentencia sentó precedentes que deberían ser de gran interés para cualquier arquitecto o urbanista. A partir de ella, cualquier afectación al “mejoramiento del paisaje urbano” puede ser considerada inconstitucional si no está justificada de manera estricta. El problema es que la SCJN nunca definió qué entiende por paisaje urbano. ¿Se refiere únicamente a un parámetro estético? ¿Cómo distinguiremos qué es parte del “mejoramiento del paisaje urbano”, cuando el paisaje urbano es un fenómeno producido por el ser humano, para el cual no contamos con parámetros claros sobre lo que es un estado “original” o el “afectado” por nuestra causa —parámetros que parecieran más claros cuando hablamos del medioambiente?

Pensando un poco en el contexto en el cual me encuentro: ¿qué ocurriría, por ejemplo, si se da un juicio en contra de una construcción vertical debido a que obstruye la vista a los cerros del Área Metropolitana de Monterrey? O recordemos que la SCJN consideró válido exigir permisos para colocar mensajes propagandísticos, institucionales o electorales. ¿Por qué un tipo de mensaje sí estaría acorde al “paisaje urbano” y otros no?

Con esto no quiero decir que estoy en contra del resultado de la sentencia. En lo general, me parece acertada la decisión de considerar constitucional que los ayuntamientos o gobiernos estatales pongan límites a la instalación de publicidad exterior en inmuebles. Pero no dejan de surgir preguntas acerca de lo que las palabras de la SCJN en esa sentencia significan o significarán en otros casos que puedan darse a futuro.

El derecho, la vivienda y la ciudad

Una sentencia de la SCJN es incapaz de decirlo todo. Pensemos de nuevo en lo absurdo que sería exigir un mapa a escala real, que contenga todos los objetos que encontraremos en un momento y lugar específicos. Lo permitido y lo no permitido, tanto en la vivienda como en las ciudades, muchas veces se construye sentencia a sentencia, por medio de las cuales se construyen las bases sobre las cuales en un futuro serán resueltos nuevos procesos. Aquí presenté tan solo un ejemplo, pero hay muchos casos en los que el resultado ha sido preocupante, por no decir desastroso. Otros, sin embargo, resultaron un poco más cercanos a las reflexiones propias de campos como el urbanismo y la arquitectura.

Sea como sea, es urgente que exista una interacción constante entre el derecho, la arquitectura y el urbanismo. ¿Cómo hacer procesos en los cuales una disciplina comprenda mejor las inquietudes de las otras?

No tengo la respuesta. Pero espero que la persona que lea estas líneas pueda hacer junto a mí un pequeño nicho de reflexiones por medio de este espacio de opinión.

 

Nota

[1]  Este caso fue resuelto por la Primera Sala de la SCJN en el el Amparo Directo en Revisión 7768/2017.

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Entender la crisis de la vivienda desde el derecho y la arquitectura. Una conversación con Carla Scoffié https://arquine.com/entender-la-crisis-de-la-vivienda-desde-el-derecho-y-la-arquitectura-una-conversacion-con-carla-scoffie/ Wed, 05 Jun 2024 18:53:44 +0000 https://arquine.com/?p=90755 Carla Scoffié es abogada y maestra en derechos humanos y democratizació, y se ha enfocado en las problemáticas de vivienda y de ciudad. El año pasado publicó País sin techo. Ciudades, historias y luchas sobre la vivienda (Grijalbo, 2023), un libro dirigido al público en general en el que discute esta crisis desde una perspectiva interdisciplinaria.

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Carla Scoffié es abogada y maestra en derechos humanos y democratización, con experiencia en temáticas sobre derechos de los pueblos indígenas, población LGBT+, medioambiente, no discriminación y género. De manera particular, se ha enfocado en las problemáticas de vivienda y de ciudad. Por medio de una intensa actividad académica y en tribunas en diversos medios, se ha convertido en una de las líderes de opinión sobre el problema de la vivienda en México. El año pasado publicó País sin techo. Ciudades, historias y luchas sobre la vivienda (Grijalbo, 2023), un libro dirigido al público en general en el que discute esta crisis desde una perspectiva interdisciplinaria. En su esfuerzo por hacer de carácter público el derecho a la vivienda y sus particulares dinámicas jurídicas, este libro propone entender las necesidades locales para plantear soluciones a un problema a escala global.

Tu libro tiene una fuerte fundamentación jurídica. ¿Cómo ha sido recibido por arquitectos y urbanistas?

—Me ha llamado la atención y me halagado mucho que gran parte de los lectores que está teniendo el libro son arquitectos y urbanistas. Las presentaciones del libro que he realizado, en universidades (excluyendo ferias del libro), podría decir que han sido, por decir un porcentaje, en un 98-99 por ciento de las veces en facultades de urbanismo, arquitectura y similares, y no en facultades de derecho. Creo que esto es justamente porque, tanto los arquitectos como los urbanistas, trabajan con el derecho y dependen de él para poder hacer lo que planean. Muchas veces el derecho es incluso un obstáculo, uno que no se comprende, porque el derecho está construido para que la gente que no es abogada no lo entienda. Y eso me parece un tema que hay que tratar, y hay que tratar de hacer esos puentes entre disciplinas, justamente porque también el derecho comparte con la medicina este carácter de ser muy oscura y, al mismo tiempo, de algo que nos afecta de manera directa. Cuando tienes una enfermedad, sabes que algo está mal, sabes que algo te está pasando, pero no entiendes por qué, no entiendes qué es lo que ocurre, pero el médico sí, y muchas veces no te lo externa. Pasa lo mismo con el derecho, con arquitectos y urbanistas: hay veces que las cosas no salen, no se pueden o son de una forma que no permite trabajar y queda la duda de cómo funciona: no se entiende por qué tal autoridad hace esto, no entiendo por qué la norma está planteada de esta forma. De alguna manera, en el libro yo buscaba generar, al menos, un pequeño espacio que puede iniciar ese diálogo entre disciplinas.

 

Esto que dices, acerca de cómo el lenguaje del derecho está diseñado para que la gente de a pie no lo entienda, también se podría decir de la arquitectura. ¿Consideras que en esta disciplina sucede algo similar?

—De hecho, algo que me ha llamado la atención, y es una reflexión que he tenido en los últimos años, es que la arquitectura, el urbanismo y el derecho no están tan alejados como parece. Al final del día, la arquitectura, el urbanismo y el derecho definen qué es lo que se puede hacer en una sociedad, qué es lo que no se puede, cómo deben ser los espacios, cómo no pueden ser los espacios. Y en esa interacción, que tiene que ver con lo permitido y lo prohibido, llámese una forma de construcción, un trazado urbano, una ley de programa de desarrollo urbano (PDU), siempre se genera este efecto de oscuridad, de preguntarse por qué las cosas están cómo están. Y creo que también, en ese sentido, tanto arquitectos y urbanistas, como abogados, le debemos a la sociedad ese trabajo para, de verdad, transparentar por qué las cosas son como son. Incluso, de esa comunicación puede depender que la sociedad nos indique en dónde deberíamos cuestionarnos nuestra propia labor, y dónde replantearnos la forma en la que hacemos las cosas.

 

¿Hay alguna manera de que este conocimiento del derecho se pueda divulgar? ¿Qué consideras necesario para que los ciudadanos puedan acceder a este tipo de discusiones?

—Hay muchos problemas históricos: el derecho se hace para que no sea entendido por parte de la gente, y esto no es únicamente una crítica al aire, sino que, incluso en muchos momentos históricos, hubo una decisión de hacer que el derecho operara de cierta forma para que, justamente, sólo una élite pudiera conocerlo. Por ejemplo, el tema del uso del latín como lengua de la profesión, que lo fue durante mucho tiempo. Creo que los abogados y abogadas debemos replantearnos nuestro papel y entender que el hecho de que conozcamos cómo funciona el sistema jurídico no nos da el derecho a tener el monopolio de decidir cómo van a ser las cosas, sino que nos mueve la responsabilidad de cómo transparentarlas y comunicarlas. A mí me parece que en muchas reflexiones sobre arquitectura y urbanismo hay toda una serie de reflexiones, discusiones y análisis que se hacen en esas disciplinas, que luego, al momento de ya hacer una ley, de ya hacer un reglamento, de hacer un tipo de norma relacionado con arquitectura y urbanismo, se ve transformado por parte de los abogados, quienes los modifican y acotan. Y, muchas veces, ni siquiera se transparenta el porqué, o cuáles serían las razones para hacer esas modificaciones. O bien, se hace sin buscar la forma de conciliar las necesidades de ambas disciplinas: conciliar cómo tendría que ser una norma y cómo interactúa con el resto del sistema jurídico; y, al mismo tiempo, cómo esa norma va a impactar en la forma de construir los espacios en los que se vive la ciudad. 

 

—¿Cuáles dirías que son las nociones básicas que un habitante de la ciudad debería aprender para mejorar su comprensión de las dinámicas de la vivienda desde un aspecto jurídico?

—Un punto que a mí me parece indispensable y que, de hecho, se aborda en el libro, sobre todo en la primera parte, es qué es el derecho a la vivienda. Y también qué es el derecho a la ciudad, que también se aborda posteriormente. Puede parecer algo obvio y demasiado básico. De hecho, hasta pareciera una discusión ociosa o meramente teórica. Pero la verdad es que no: sostengo que la forma en la cual entendemos la vivienda va a determinar cómo discutimos esa problemática y, por lo tanto, cuáles son las soluciones que planteamos, o cuáles son los caminos que alcanzamos a ver como soluciones. Creo que mucha de la discusión en México ha sido obstaculizada porque muchas veces hay confusión sobre lo que entendemos por vivienda: si es sólo la vivienda en propiedad; o si es la vivienda de arrendamiento; si la vivienda es la estructura arquitectónica o es algo más allá de ella; si abarca sólo la vivienda temporal o permanente, entre otras discusiones. Y lo mismo pasa con el tema del derecho a la ciudad, que ahora se menciona mucho, pero, al mismo tiempo, no nos detenemos a preguntar qué estamos entendiendo de verdad por derecho a la ciudad. Y no sólo en puntos que ya habremos escuchado, como la igualdad desde la perspectiva de género y medioambiente, sino qué implica en cuestión de exigencias al Estado, qué es lo que se esperaría que haga el Estado o el sector privado frente al derecho a la ciudad. Hacernos esas preguntas y replantearnos qué entendemos por vivienda, qué entendemos por ciudad, es, para mí, el punto de partida antes que cualquier otro tipo de discusión que podamos tener.

 

En ese sentido, tu libro hace un gran trabajo para dar a conocer estos derechos. Como dices, cuando no se nombra un derecho, permanece invisible.

Uno de los objetivos que tenía con el libro era aportar un texto que pudiera funcionar como detonador de la discusión. No porque antes no hubiera un debate sobre la vivienda: estas discusiones llevan más de un siglo, al menos desde una lógica contemporánea. Por eso propongo una perspectiva interdisciplinaria, que no sea sólo gremial, es decir, sólo de arquitectos encerrados en la facultad hablando de ello, como sucede cuando los abogados en una facultad hablan de normas. Es una discusión interdisciplinaria, transdisciplinaria y, sobre todo, con una vocación pública.

 

¿Qué tanta responsabilidad tienen los arquitectos en la actual crisis de vivienda?

—Al ser un tema de este tamaño, nos involucra a todos y todas, pero es un hecho que también los arquitectos tienen un papel fundamental, porque, por un lado, tienes que conciliar factores que muchas veces están fuera de tus manos: como puede ser el precio de los materiales o el espacio, con los elementos que una vivienda debería seguir en términos de habitabilidad, en términos de espacio, etcétera. Eso también debería llevar a que las discusiones sobre arquitectura no sólo partan desde un terreno ya dado sobre el cual hay que construir, sino también a discutir las condiciones con las cuales los arquitectos pueden trabajar mejor. Hablar de arquitectura también es hablar, por ejemplo, de bancos de suelo, de cómo hacer para que haya realmente disponibilidad de espacio y que en las ciudades haya una priorización del suelo para que esas viviendas puedan diseñarse con las condiciones que requieren y haciendo, al mismo tiempo, un balance entre costos y necesidades humanas. Hay una responsabilidad, primero, de no entender la arquitectura sólo como el diseño de una casa, sino como el diseño de un espacio que está en interacción con todos los demás. Y, por lo tanto, hay que entender también que las discusiones de arquitectura son discusiones públicas sobre las condiciones que el Estado y la ciudad les dejan a los arquitectos para poder hacer su trabajo.

 

A pesar de la lentitud de una disciplina como la arquitectura, también hay una exigencia de actualidad e innovación. Ahora se habla mucho de megaproyectos, inteligencia artificial, de Airbnb o las startups. ¿Estas innovaciones tecnológicas pueden ayudar a visibilizar o plantear soluciones al problema de la vivienda?

—Como se ha dicho en otras ocasiones, las tecnologías no son buenas ni malas, sino que dependen de para qué y cómo se utilicen. Yo considero que, en la actualidad, la planeación urbana puede apoyarse mucho de estas tecnologías, sobre todo con el tema de generación de datos, que es la información de cómo se comporta una ciudad. Eso tiene un impacto en cómo entendemos el diseño de las viviendas, los espacios que habitamos, tanto en espacios públicos como privados y, en ese sentido, hay que generar una discusión en la cual esas tecnologías puedan apoyar a, por ejemplo, realizar diagnósticos, conocer mejor la realidad y lo que está a nuestro alrededor. No obstante, tampoco hay que creer que van a ser la panacea y van reemplazar los trabajos que ya se hacen. Por ejemplo, la inteligencia artificial, que puede ser muy benéfica para procesar datos y ayudarnos a revisar información, no es una tecnología que sea capaz de innovar; se olvida con frecuencia que una inteligencia artificial va a producir con base en información ya existente, no va a innovar y, conforme más se usa, la inteligencia artificial también está el riesgo de que se termine autovalidando a sí misma, de tal manera que genera soluciones muy homogéneas que no encajan en una realidad compleja, dinámica, como son las ciudades.

 

Tu libro entiende el problema de la vivienda desde contextos locales. Los capítulos, precisamente, se dedican a ciudades en particular: Mérida, Campeche, Ciudad de México, San Luis Potosí, Nuevo León. ¿Consideras que, más que una solución unitaria, se deberían buscar respuestas locales para el problema de la vivienda?

—Totalmente. Yo parto de una visión muy descentralizada, muy desde lo local. Uno de los problemas de los estados en México es que están, de alguna manera, diseñados de arriba para abajo. De alguna manera, a pesar de que la Constitución plantea que los municipios son la base del desarrollo territorial, ocurre una construcción y una ejecución de las políticas públicas que va de arriba para abajo, cuando tendría que partir de discusiones locales. En ese sentido creo que, salvo algunas excepciones, es complicado plantear soluciones a nivel nacional, sobre todo en un país tan diverso como el nuestro. Ya no hablemos de geografía, de cultura o problemáticas sociales, sino de dinámicas urbanas y necesidades de vivienda. No es lo mismo la discusión que está teniendo un arquitecto en Tijuana a la de uno que está viviendo en Mérida o Oaxaca. Las condiciones en las cuales se trabaja, se piensa la ciudad, se atienden las necesidades y se plantean las discusiones urbanas en distintos lugares son diferentes. Yo creo que estas discusiones tienen que ser de abajo para arriba, tienen que partir de lo local, sin que eso vaya en detrimento de que podamos escuchar las experiencias de otros lugares que, de hecho, yo creo que eso es necesario: aprender cómo han sido las discusiones de otros países, para que, sobre eso, volvamos a ver lo local, volvamos a ver lo que nos rodea y sacar conclusiones, propuestas e iniciativas. Algo que a mí me ha apasionado mucho en los últimos años y que fue algo muy accidental, que se fue dando poco a poco, fue la posibilidad de conocer distintos contextos y procesos que se dan en varias ciudades del país, justamente porque me ha tocado acompañar casos judiciales que tienen que ver con vivienda y ciudad en varios estados. Pero, al final del día, toda esa información es para volver a tu ciudad, a tu barrio, y preguntarte qué de esto me sirve para entender y hacerme las preguntas correctas en mi entorno.

 

—Antes de que se publicara este libro, ya formabas parte de un movimiento para visibilizar y repolitizar el problema de la vivienda a lo largo del país. ¿Cómo ha sido tu experiencia política en manifestaciones, conversatorios?

Tengo la fortuna de haber podido trabajar este tema, tanto desde la política como desde el activismo, la incidencia, la academia y la consultoría. Lo que sí creo, y lo que he aprendido de todo esto, es que esos tres mundos parecieran estar separados, pero realmente son necesarios para entenderse de manera mutua. Así como hay que participar en una marcha, también hay que participar en ciertos espacios liderados por autoridades o el sector privado, para entender cuáles son las discusiones, cómo se está entendiendo del otro lado, en cuáles podría haber otros aspectos por considerar y, por supuesto, también en la academia. La academia y la práctica —sea política, de trabajo o consultoría— se retroalimentan, no es que la teoría sea algo en el éter que no tiene efectos prácticos.

 

—¿Cuál consideras que es el principal obstáculo que ha evitado la consolidación de un movimiento contra la injusticia inmobiliaria y de vivienda en nuestro país?

Yo creo que sí hay un movimiento, hay una insistencia. De hecho, algo que me ha llamado la atención es que incluso es más común, cada vez, que medios de comunicación o políticos hablen de vivienda y ciudad. No es que antes no se hablara de esto, pero sí me parece que en los últimos años ha habido un aumento en las referencias y las discusiones cada vez se hacen más públicas. Temas como la gentrificación en distintas ciudades o el tema de los nómadas digitales o Airbnb son coyunturas que han hecho que la gente hable más del tema, se familiarice más con hablar de vivienda y ciudad. Me parece que sí está sucediendo esa conversación, de alguna manera. Pero, lo que pasa también es que, por lo general, cuando pensamos en movimientos políticos en México, pensamos en movimientos articulados a nivel nacional. ¿Por qué? Porque así lo hemos visto con otras movilizaciones como el movimiento feminista, LGBT y por ciertos derechos laborales. En este caso, lo que ocurre es que, como la vivienda y lo inmobiliario son dinámicas muy urbanas, esto hace que dichas discusiones no tomen el mismo camino, el mismo rumbo, el mismo lenguaje. Y no creo que sea posible, y ni siquiera diría que necesario o deseable, pensar que tenga que ser algo homogéneo y coordinado a nivel nacional. Cuando vemos, por ejemplo, las discusiones que se están dando en Ciudad de México, estas giran mucho en torno a los nómadas digitales y Airbnb; pero si vemos las discusiones que se están dando en Guadalajara, allá están hablando más sobre los precios de las rentas en el centro de su ciudad; cuando hablamos de Tijuana, vemos que lo más preocupante es la dolarización, tanto de la construcción como de la renta; y, cuando hablamos de la vivienda y la ciudad en Monterrey, las discusiones pasan a estar muy relacionadas con el medioambiente y los servicios, el derecho a la vivienda y el acceso al agua. Sí, existe una discusión a nivel nacional, pero por ser dinámicas muy cercanas, muy locales, las discusiones y procesos políticos van a ser locales en ese aspecto. Creo que también hacen falta más espacios en los que se pueda discutir eso e, insisto, creo que la clave está en cómo hacemos que estas discusiones no sean sólo gremiales, sino que realmente sean públicas.

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Ciudad de papel https://arquine.com/ciudad-de-papel/ Tue, 16 Nov 2021 15:55:27 +0000 https://des.dupla.mx/arquine/migrated/ciudad-de-papel/ Los planos de usos de suelo no permiten controlar las aspiraciones de las personas sobre los lugares que habitan o pretenden habitar. Regular el suelo es una tarea que, en conjunto con otros instrumentos, permitiría disminuir las brechas de acceso a la vivienda, pero no por sí mismo. Si existe una respuesta para la creación de vivienda asequible y vivienda social no será dentro de la lógica del mercado.

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Ahora no podría decir el número de veces que he leído o escuchado, incluso que directamente me han dicho con tono correctivo, que toda solución a los problemas urbanos es el suelo y su regulación, es decir, a lo que se refieren los especialistas con esto es que regular el suelo es una especie de actividad que, casi por arte de magia, permite controlar las actividades humanas que sobre este se llevan a cabo y, también, como si de un acto de brujería se tratase, prever lo que sucederá en el futuro (claro estoy exagerando un poquito). 

Y esto, aunque algunos urbanistas han querido separarse en más de una ocasión, es resultado del pensamiento positivista con el que se fundó y reprodujo el urbanismo en América Latina, lecturas de procesos históricos que permiten (d)escribir de manera prospectiva qué pasará en el futuro a raíz de los patrones, es decir, como lo expresó Gustavo Peltier, el resultado de un determinismo urbano que no se ha podido superar y que también rige los debates sobre lo que entendemos por ciudad.  

Lo que se obvia en estos contextos y que, claro, obvian algunos (muchos —y acá el masculino genérico, no es genérico) urbanistas, es lo que sucede con esa planificación de papel, con las manchas de colores que se plasman sobre las manzanas en los planos y las tablas que norman los suelos, pues desde su perspectiva esa forma de planificación “orienta el futuro del desarrollo urbano”, como una especie de plano con una ruta y mandamientos que nos dice (a ciudadanos, mercado y gobierno) cómo debemos habitar y construir la ciudad camino a la satisfacción de nuestras necesidades.

Sin embargo, no toman en cuenta las expectativas —individuales y colectivas— que producen esas manchas de colores y códigos sobre el papel, para quienes habitan o desean habitar, para quienes pueden rentabilizar con el suelo; y por supuesto, tampoco el cómo van a actuar luego de esas expectativas.  Algo que claramente no es tan susceptible de regular. Los planos de usos de suelo no permiten controlar las aspiraciones de las personas sobre los lugares que habitan o pretenden habitar, así es que podemos ver a vecinos manifestarse en contra de la construcción de un equipamiento público (una escuela o un hospital) arguyendo una defensa a los usos de suelo de un plan urbano para proteger la tranquilidad de un barrio o una persona dispuesta a pagar más en el alquiler por habitar cerca de un nuevo complejo de oficinas.

Efectivamente, regular el suelo es una tarea que, en conjunto con otros instrumentos, permitiría disminuir las brechas de acceso a la vivienda, pero no por sí mismo y esto sí es importante: regular el suelo sin reconocer que la vivienda (y su ubicación) se ha convertido en un activo financiero, es colocar el ejercicio de la regulación en las expectativas de otros actores: quienes compran vivienda para vivir de ella, quienes pagan los sobrecostos para ubicarse en una zona bien ubicada, quienes tienen el capital para potencializar la rentabilidad del suelo, entre otros. Es decir, todo el sistema de mercado, pero con un marco regulatorio de suelo. En resumen, podría ser muy eficiente, pero también podría no serlo, sobre todo porque en los objetivos del mercado no está el bien común como prioridad, sino en la rentabilidad.  

Todo esto para decir que, si existe una respuesta para la creación de vivienda asequible y vivienda social no será dentro de la lógica del mercado, sino al margen, sobre o fuera de este. Y para ello es necesario la participación del Estado no como un agente facilitador del mercado de vivienda, sino como un regulador de este, y ¿por qué no?, edificador de vivienda. Y, entonces sí, el financiamiento (que no financiarización, ojo) sería posible a partir de la regulación del suelo. 

 

PD. 1

Creo que ni Rolnik, ni Madden pensaron que fuese necesario aclarar que cuando hablan de financiarización de la vivienda no se refieren a que no esté sujeta a movilización de recursos, es absurdo pensar que la vivienda no requiere capital —de varios tipos— para producirse. La  financiarización se refiere al proceso de hipermercantilización de un bien o servicio y cómo este se comporta dentro del sistema de mercado (con el proceso de autorregulación incluido) que explica el por qué aumenta su costo o por qué escasea bajo ciertos escenarios, sin embargo, hay bienes o servicios que son esenciales para la subsistencia de la vida humana por lo que colocar a estos dentro del sistema de mercado con aval del Estado permite, al tratarlos como productos, favorecer el sistema desigual en el que se manifiesta: “si no te alcanza para acceder a él, ni modo”. 

PD. 2 

Aclaraciones (in)necesarias para quienes piensan que el discurso de derechos es adoctrinante: no estoy en contra de que exista la vivienda de mercado, sino a favor de mecanismos de vivienda asequible y vivienda social fuera del sistema de mercado y protegido. 

 

Lo residencial es político. 

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